Estatutos

CAPITULO PRIMERO

MARCO REFERENCIAL, CONCEPTUALIZACIÓN, ORDENAMIENTO LEGAL Y CONSTITUCION.

Artículo 1.- MARCO REFERENCIAL
La Sociedad Boliviana de Obstetricia y Ginecología, en concordancia con lo establecido en el artículo 5° del estatuto de las sociedades medico científicas reconocidas por el Colegio Médico de Bolivia, establece su estatuto orgánico y reglamentos, como fundamento normativo de cumplimiento obligatorio, que rige las diferentes actividades de los especialistas en obstetricia y ginecología en el Estado Plurinacional de Bolivia (nacionales y extranjeros)

Artículo 2.- CONCEPTUALIZACION
La Sociedad Boliviana de Obstetricia y Ginecología, es una institución civil, sin fines de lucro, reconocida por el Colegio Médico de Bolivia y consagrada a la especialidad de obstetricia y ginecología, sujeta a normativa propia, que reúne a los especialistas en esta disciplina medica, enmarcados en la ley 3131 y su D.S. 28562.

Artículo 3. – ORDENAMIENTO LEGAL Y CONSTITUCIÓN
Se constituye una sociedad médica con duración indefinida, bajo la denominación de Sociedad Boliviana de Obstetricia y Ginecología, Pudiendo usar el nombre abreviado de SBOG, fundada el 11 de diciembre de 1946 , con domicilio legal en la ciudad de La Paz. Agregar si se ve conveniente lo de la personería Juridica

Artículo 4°.- CONCEPTUALIZACION DE ESPECIALISTA EN OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA
En concordancia con lo determinado en la Ley 3131 (Art. 4o) y el estatuto de las sociedades medico científicas reconocidas por el colegio médico de Bolivia (Art. 4o), el especialista en obstetricia y ginecología, es un profesional que cuenta con formación pos gradual clínico quirúrgico, bajo la modalidad de “residencia medica” acreditada y certificada por la SBOG y el colegio médico de Bolivia

CAPITULO SEGUNDO

DOMICILIO, MISIÓN Y OBJETIVOS

Artículo 5.- DOMICILIO Y DURACIÓN

La sede administrativa de la Sociedad Boliviana de Obstetricia y Ginecología, tendrá una secretaria permanente, en la ciudad de La Paz, con fines enteramente administrativos,

La duración de la Sociedad Boliviana de Obstetricia y Ginecologia es de carácter indefinido

(La directiva nacional será renovada cada dos años, de acuerdo a reglamentación será rotativa entre sus diferentes filiales departamentales vigentes, determinándose la misma en reunión administrativa bianual en el congreso nacional ordinario de la SBOG.

La duración establecida para cada gestión, no excederá los 2 años


Artículo 6.- MISION Y OBJETIVOS

a) Misión, Integrar a todos los médicos especialistas en Obstetricia y Ginecología del país, ampliando y actualizando sus conocimientos en los avances de la especialidad, para que oferten servicios de salud con calidad en beneficio de las mujeres, en toda Bolivia.

b) Representar con carácter legal a la obstetricia y ginecología boliviana ante autoridades nacionales, organizaciones científicas, gremiales del país, y entidades internacionales de salud.
c) Fomentar, el progreso de la obstetricia y ginecología en el estado plurinacional y velar por su nivel moral.
d) Promover, impulsar y divulgar la investigación científica, con énfasis en acciones educativas, preventivas y proyección a la comunidad respetando la diversidad cultural.
e) Establecer la unificación y estandarización de los criterios acorde a lo establecido en la Ley 3131 y su D.S. reglamentario 28562, dentro de las normas y protocolos para el ejercicio de la especialidad en el ámbito público, seguridad social, privados y otros.
f) Ejercer el rol de supervisión y control del ejercicio de la especialidad, denunciando con carácter de obligatoriedad el ejercicio ilegal de la misma.

g) Participar, proponer y ejecutar propuestas concernientes al perfil de la obstetricia y ginecología, ante el CNIDAI (Comité Nacional Interinstitucional Docente Asistencial e Investigación) y los CRIDAI (Comité Regional Interinstitucional Docente Asistencial e Investigación), participando activamente en las diferentes fases (Programa académico de la residencia medica en Obstetricia y Ginecología – acreditación de centros formadores de capital humano en la especialidad – evaluación de la residencia médica y otros que se pudieren identificar).
h) Participar en coordinación con el Ministerio de Salud y otras instituciones, en la implementación de programas y políticas de salud concernientes a la obstetricia y ginecología.

i) La sociedad boliviana obstetricia y ginecologia, debe convertirse en vanguardia permanente de las políticas, planes, programas y estrategias que se realicen en materia de salud materna en el país, brindando asesoramiento permanente a las autoridades del ramo.
j) Gestionar, promover y organizar eventos científicos de actualización continua en obstetricia y ginecología, de acuerdo a calendario establecido por gestión.
k) Defender y apoyar a sus miembros titulares en actividades relacionadas a la especialidad.
l) Proyectar su acción a la comunidad, para mejorar las condiciones de la atención obstétrica y ginecológica.
m) Publicar una revista científica en forma periódica (cada 6 meses).
n) Participar activamente y con carácter obligatorio de los procesos de certificación y recertificación de la especialidad.
ñ) Establecer, unificar y modificar, la unidad medica arancelaria de la especialidad.
o) Gestionar y mantener las relaciones con sociedades científicas, instituciones y organismos nacionales e internacionales afines a la especialidad de obstetricia y ginecología.
p) Elaborar y mantener actualizado un banco de preguntas y respuestas de la especialidad, como documento de implementación obligatoria y estandarizada en los procesos de institucionalización.
q) Elaborar y mantener actualizado un banco de datos de membresías – certificaciones – recertificaciones y otros que la SBOG pudiera identificar como referencia.
r) Elaborar y mantener actualizado un registro de los centros acreditados formadores en la especialidad, que comprenda los ámbitos nacional e internacional.
s) Publicar anualmente en prensa escrita de difusión nacional, la nomina de los miembros titulares y eméritos de la SBOG.

CAPITULO TERCERO

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 7.- La sociedad boliviana de obstetricia y ginecología cuenta con la siguiente estructura organizacional y orden jerárquico de deliberación, decisión y ejecución en los ámbitos: ejecutivo y administrativo, cuyas competencias y composición, se establecen en el reglamento anexo de nuestra sociedad científica.

  • COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
  • DIRECTORIO NACIONAL
  • DIRECTORIOS DEPARTAMENTALES
  • MIEMBROS

CAPITULO CUARTO

EVENTOS

Articulo 8.- La sociedad boliviana de obstetricia y ginecología, cuenta con los siguientes eventos científico administrativos.

  1. CONGRESO BOLIVIANO ORDINARIO
  2. CONGRESO BOLIVIANO EXTRAORDINARIO
  3. ASAMBLEAS
  4. CONSULTIVAS